lunes, 27 de septiembre de 2010

CONCLUSIONES

Desde el punto de vista ambiental hay un cambio en la legislación a 2002 donde se advierte una contradicciones frente a los lineamientos internacionales que buscan minimizar los impactos ambientales y su degradación, en tal sentido se  resalta: el decreto 1753 DE 1994: Exigía Licencia ambiental para las fases de exploración  y explotación de proyectos mineros, sin embargo, los Decretos 1728 del 2002 y 1220 del 2005, eliminan la exigencia de licencia ambiental para  actividades de exploración minera, y la limita solo a la explotación. 

Las causas del conflicto se atacaron en la medida en que se buscaron todos los argumentos de tipo jurídico, que demostraran la ilegalidad del procedimiento de la AGA; argumentos presentados al MAVDT, amparados en la Constitución Política de Colombia; en el Artículo 210 del Decreto Ley 2811 de 1974 (Código Recursos Naturales Renovables):  “Si en área de reserva forestal, por razones de utilidad pública o interés social, es necesario realizar actividades económicas que impliquen remoción de bosques o cambio en el uso de los suelos o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques, la zona afectada deberá, debidamente delimitada, ser previamente sustraída de la reserva...” , donde quedó demostrado que la empresa no había tramitado esta solicitud; la solicitud de investigación por intervención ilegal en zona de reserva forestal central sin haberse previamente sustraído.
Del mismo modo  se ha intentado atacar los efectos tanto presentes como futuros, por un lado con la intervención de CORTOLIMA,  al denunciar que no se había realizado la solicitud de sustracción, se intenta reorientar este proceso que lleva a cabo la AGA, igualmente las acciones de la Procuraduría al declarar ilegal los procedimientos busca atacar el efecto que esta licencia genera especialmente a nivel ambiental; asimismo los grupos ambientalistas, académicos, políticos, los gremios  y la comunidad en general, buscan atacar el efecto inicial en la zona, demostrando los impactos ambientales presentes, así como los impactos socioeconómicos que el proyecto acarrea y puede escalar.
Podemos afirmar que desde el mismo momento en que se convoca la Audiencia frente a la resolución 0814 de 2009, se generan una serie de acciones especialmente de aquellos que se oponen a esta concesión, siendo los instrumentos como el Derecho de petición y el Recurso de Reposición,  una posibilidad de poner en el ámbito jurídico y público la discusión sobre los hechos ilegítimos que se dieron en este caso, así como sobre los impactos que puede generar el desarrollo del proyecto aurífero en esta región;  a pesar de esto la respuesta del MADVT, sólo evidencia que por encima de todo, se debe priorizar el Desarrollo Sostenible, pues según el criterio del Ministerio público, el desarrollo no se puede detener; con esto nos deja el interrogante acerca de ¿qué piensan o cómo conciben realmente el desarrollo?, es posible pretender un desarrollo minero sostenible?, ¿acaso la experiencia en innumerables países no ha demostrado lo contrario?.

INSTRUMENTOS DE ANÁLISIS

El caso se estudia por análisis de actores y prácticas de poder.
Instrumentos de Prticipación:
Audiencia Publica
Recurso de Reposición
Derecho de Petición
Acciones Colectivas
 

ANTECEDENTES

MINERÍA
La minería en Colombia, se encuentra divida en 33 distritos mineros ubicados principalmente en la región Andina, Pacifico y Caribe. Dentro de dichos distritos, se presentan diferentes minerales, tales como, carbón, oro, níquel, materiales de construcción, esmeraldas, entre otros (S1MCO, 2008 a). En el caso del oro, representa el 14.6% del mercado de la minero colombiano y se encuentra presente en aproximadamente en 14 distritos mineros, con una producción de 34.321.025 Oz Troy (ver Figura 1) y exportaciones de 891 millones de dólares a 2008[1].

El objeto de estudio es la Colosa:

Área de influencia de la Colosa, 11.716,09 Hectáreas, se encuentra ubicada al noroccidente del municipio de Cajamarca y hace parte de la cuenca mayor del río Coello. El área se encuentra en zona de reserva forestal central.


[1] CORTOLIMA. Estudios y mapa de localización de influencia de la Colosa.

 

ENFOQUE TEÓRICO

Para desarrollar de este estudio se tuvo en cuenta el Análisis de Actores[1], en el que se plantean diversas etapas, una de las cuales es la identificación de los  “Stakeholders” o “actores involucrados”; se advierte que para este estudio no se hizo análisis de actores en campo.
Con respecto a las prácticas de poder, se presentan tensiones y vale la pena señalar que estas se desarrollan en la trama que tejen los diversos actores; explicado a la manera de Foucault nos hablarían de los juegos de poder y las formas reticulares en que estos se van desenvolviendo, demostrando que cada actor maneja sus prácticas de poder y las ejerce según sus intereses; aunque en Foucault estas tensiones son permanentes y  practicadas por todos los actores, señala la importancia de los discursos de verdad que se arman sobre la base de la sociedad: “en una sociedad como la nuestra pero en el fondo en cualquier sociedad, múltiples relaciones de poder atraviesan, caracterizan, constituyen el cuerpo social. Estas relaciones de poder no pueden disociarse, ni establecerse, ni funcionar, sin una producción, una acumulación, una circulación, un funcionamiento de los discursos. No hay ejercicio del poder posible sin una cierta economía de los discursos de verdad…”[1], estos discursos de verdad se van entretejiendo a través de las distintas posiciones y respuestas de los actores, que pulsan sus verdades.

[1] FOUCAULT, Michael. Genealogía del racismo. Editorial Altamira, la Plata-Argentina., 1998., p. 28
 


INTRODUCCIÓN


El conflicto se presenta en dos dimensiones; por una parte los impactos ambientales, así como territoriales; y por otra parte las acciones gubernamentales, los instrumentos participativos y de análisis utilizados.